martes, 5 de febrero de 2019

Connivencia o ruptura?

Procesos de connivencia

"Todas las características de los procesos de connivencia están dominadas por la necesidad fundamental de respetar el ordene establecido; el acusado se declara no culpable y niega los hechos o bien se declara culpable y alega en su favor circunstancias excepcionales." (p. 29).

Procesos de ruptura

"En un proceso de connivencia no hay más que una voluntad de vencer: la de la acusación. En un proceso de ruptura, hay dos. (...) La ruptura transtorna toda la estructura del proceso. Los hechos pasan a un segundo plano, así como las circunstancias de la acción; en primer plano aparece bruscamente la impugnación total del orden público". (p. 64).

La elección del acusado

"Un proceso no es una trampa del destino. Su desarrollo depende de la elección del acusado. En ningún otro momento le son dads a un hombre tantas posibilidades de vencer a tantas fuerzas coaligadas. Sólo está desarmado el que arroja sus armas. Se ha dicho que la ambición del que no tiene competencia es un crimen; también lo es la desdicha del que no tiene valor." (p. 127).

Referencia

Jacques Vergès (1968). Estrategia judicial en los procesos políticos. Anagrama, colección Argumentos 391. Primera edición, 1970. Reedición de 2009. Traducción de María Teresa López Pardina, con posfacio de Jorge Herralde. 159 páginas.